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Defensoría: Norma que impide a PCD brindar información durante censo debe modificarse

La Defensora del Pueblo, Beatriz Merino, solicitó al Presidente del Consejo de Ministros (PCM), Jorge del Castillo, que se modifique la norma que impide a las personas con discapacidad brindar directamente la información en torno a su situación personal en el Censo Nacional de Población programado para el presente año.
De acuerdo al artículo 66° del D.S. 035-2007-PCM que regula las “Normas para la Ejecución de Censos Nacionales: XI de Población y VI de Vivienda en el año 2007”, se dispuso que la información sobre las personas con discapacidad debe ser brindada por el responsable del hogar y no por ellas mismas.
Por ello, la Defensora del Pueblo informó que la institución que preside ha solicitado a la PCM la modificación del citado artículo, por considerar que vulnera el principio de igualdad ante la ley de este sector de la población.
La recomendación formulada por la Defensoría señala que los datos referentes a una persona con discapacidad deberán ser proporcionados por ella y sólo serán proporcionados por una tercera persona responsable cuando aquella no pueda expresar su voluntad de manera libre e indubitable, o cuando sea menor de 12 años.
Asimismo, la doctora Merino afirmó que de mantenerse esta disposición no sólo se viola el principio de igualdad ante la ley, sino que también se presupone la falta de capacidad civil de las referidas personas respecto del ejercicio de sus derechos.
“La discapacidad no implica necesariamente la falta de discernimiento ni la imposibilidad de la persona de expresar su libre voluntad. Este es el caso, por ejemplo, de las personas con discapacidad física, sensorial o mental leve o moderada, que pueden brindar de manera directa y suficiente la información requerida por el censo”, sostuvo.
Asimismo, la Defensora del Pueblo recordó que la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de las Naciones Unidas, suscrita recientemente por el Estado Peruano, dispone la obligación de los Estados de reconocer que “las personas con discapacidad tienen derecho en todas partes al reconocimiento de su personalidad jurídica y a una capacidad jurídica en igualdad de condiciones con los demás en todos los aspectos de la vida”.
Finalmente señaló que también se ha solicitado información sobre las medidas que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) adoptará a fin de facilitar la comunicación de los censados con discapacidad visual o auditiva o de aquellos que necesiten de otros medios de comunicación, como se ha dispuesto en otras instituciones del Estado.

Tomado de la Agencia de Noticias Andina.

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